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Actualidad

Wellness Resort: un verdadero spa para el camping

Wellness Resort: un verdadero spa para el camping

La principal novedad de Sun Roller para el camping esta temporada es el modelo Wellness Ressort, un nuevo mobil-home de diseño moderno y original, con materiales de alta calidad, cuyo interior es un spa para uso profesional o privado, que trata de ayudar a los campings a que completen la oferta que ofrecen a sus clientes y se diferencien de la competencia.


El Caravan Salon de Düsseldorf da indicios de recuperación en el sector

El Caravan Salon de Düsseldorf, que cerró sus puertas ayer domingo, ha sido una de las primeras muestras de recuperación en el sector caravaning a nivel europeo y del creciente interés en las vacaciones en caravana-autocaravana por parte del público.


En Barcelona, del 9 al 17 de octubre

En Barcelona, del 9 al 17 de octubre

El SIC ultima sus preparativos

Aún sin haberse superado del todo los efectos provocados por la obstinada crisis económica desatada hace ya prácticamente un trienio, el 29 Salón Internacional del Caravaning (Barcelona, 9- 17 octubre) se presenta con fundadas expectativas de éxito, avaladas en parte por las buenas noticias derivadas del reciente despegue en el último trimestre por la economía alemana, referencia y máximo motor de los países de la Unión Europea.


Las pernoctaciones en camping suben un 1,4 por 100

Las pernoctaciones en camping suben un 1,4 por 100

Según los datos publicados por el Instituto Nacional de Estadística (INE), las pernoctaciones en alojamientos turísticos extrahoteleros (apartamentos, campings y alojamientos de turismo rural) superaron los 16,6 millones en el mes de julio, lo que supone un 3,6 por 100 más que en el mismo mes de 2009.


Campingred sigue creciendo

Campingred sigue creciendo

La cadena de campings Campingred sigue creciendo y, como ya se adelantó en el III Congreso Campingred celebrado el pasado abril, cuenta con nuevos campings adheridos. En concreto, a mediados de julio se cerraron las incorporaciones de los campings Vinarós (Castellón), Itxaspe (Guipúzcoa) y Haro (La Rioja), que han superado con buena nota las requisitos generales y el sistema de autoevaluación que campingred exige aprobar para poder entrar en la Cadena como camping franquiciado.


 

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Noticias


Decreto Autonómico 280/2007 del Principado de Asturias aprobado el 19 de diciembre de 2007

La ley oblilga a no superar el 43% del espacio ocupado por bungalows y mobil-homes en un camping

El recién publicado Decreto Autonómico del Principado de Asturias (Decreto 280/2007) establece limitaciones como la venta de parcelas y elementos permanentes explotados como alojamiento por el titular del camping, así como la realización de obras, edificación o instalación por parte del usuario. Además, el nuevo decreto modifica la distribución de los elementos en la superficie de los campings, entre otros muchos aspectos.

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El 19 de diciembre se aprobó el reglamento concerniente a los campings del Principado de Asturias, siendo publicado el pasado 4 de enero en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA). Este decreto (Decreto 280/2007), que deroga el que estaba en vigor hasta la fecha (Decreto 39/1991), tiene por objeto la regulación en el territorio asturiano de la actividad de alojamiento turístico ofertada en la modalidad de campings.

Los empresarios de campings deberán acogerse a nuevas limitaciones que establece el nuevo decreto y que están reflejadas en los siguientes artículos, entre otros:

Artículo 12.—Limitaciones

1. Se prohíbe en los campamentos de turismo la venta de parcelas y de los elementos permanentes explotados como alojamiento por el titular del camping.
2. Queda prohibida a las personas usuarias de las parcelas, la realización en ellas de obra alguna, así como la edificación o instalación de cualquier elemento fijo o permanente.
3. Se considerarán campistas fijos o residenciales a los que contravengan la anterior prohibición con consentimiento de la persona titular del campamento, quién responderá administrativamente por su admisión.

Artículo 22.—Superficie de los campamentos

1. La zona destinada para acampar no podrá superar el 75% de la superficie del campamento de turismo.El 25% restante se destinará a viales interiores, zonas verdes, zonas deportivas e instalaciones de uso colectivo. En cualquier caso, el espacio destinado a zonas libres y deportivas no podrá ser inferior al 15% de la superficie total del campamento.
2. Dentro de la superficie reservada para acampar, podrá autorizarse la instalación de elementos permanentes, de madera o similar, con destino a unidades de alojamiento, a razón de un elemento por parcela, sin que el número de parcelas ocupadas pueda superar el 25% de las ordinarias, siempre que sean explotadas por el titular del campamento y reúnan las siguientes condiciones:
a) Los elementos permanentes, serán de planta baja pudiendo utilizarse el bajo cubierta, sin que su superficie en planta supere 40 metros.
b) La capacidad asignada a cada elemento permanente será como máximo de cuatro plazas, salvo que el mismo disponga de instalaciones higiénicas propias, pudiendo alcanzar en este caso un máximo de seis plazas.
3. Las denominadas “mobil home” y similares que reúnan los requisitos necesarios para ser considerados elementos de acampada no podrán ocupar más del 30% de las parcelas ordinarias, y contabilizándose las parcelas ocupadas por los elementos permanentes a que se hace referencia en el apartado anterior, no podrán superar entre ambos el 43%. En cualquier caso, cuando el cierre del propio camping o su distribución interna no evite el impacto visual generado por estas instalaciones, se procurará su ocultación, bien mediante diferente nivelación del terreno, bien utilizando elementos naturales, árboles, setos o arbustos.
4. En los campamentos instalados en los parques nacionales o en los parques naturales y en las reservas naturales integrales o parciales, no será de aplicación lo dispuesto en el apartado anterior, no permitiéndose en los mismos la instalación de “mobil home”.


Ver el Decreto 280/2007


Noticia añadida el 15-01-2008